La galga favorita del príncipe Alberto, "EOS", pintada por Sir Edwin Landseer. Acompañó al príncipe desde sus catorce años y viajó con él a Inglaterra. Cuando Eos murió, con diez años de edad, fue enterrada en el cementerio familiar de palacio. Landseer se encargó de realizar un monumento a Eos para su tumba.

Eso, es amar a tu perro.

"SIEMPRE QUE VEO A UN CAZADOR SEGUIDO DE SU PERRO, LA ESCOPETA AL BRAZO, NO ME OLVIDO NUNCA DE DESEARLE BUENA CAZA. DICEN QUE ESA FRASE ES DE MAL AGÜERO". Julio Verne

jueves, 28 de noviembre de 2013

Imputado un hombre por matar un galgo en Tierra del Pan. (Zamora)

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El pasado día 25 de noviembre, sobre las 11.30 horas, una Patrulla de la Guardia Civil de Zamora que prestaba servicio de Seguridad Ciudadana en una localidad de la comarca de Tierra del Pan, oyó un disparo que provenía de un lugar cercano a la población.

Tras establecerse el oportuno dispositivo de seguridad, interceptan en el lugar de donde procedía el disparo, un vehículo que transportaba en su maletero un perro de raza galgo que acababa de ser abatido con una escopeta de caza, también hallada en el interior del turismo.



Ante estos hechos, la Guardia Civil de Zamora procede a la imputación del conductor del vehículo por un supuesto delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (delito de maltrato de animales domésticos).

Este tipo de conductas, habituales antes en determinados ámbitos, hoy en día están perseguidas en nuestro Código Penal, estableciendo su artículo 337 que "el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente a un animal doméstico o amansado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión, inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales".

De igual modo el Reglamento de Armas prohíbe portar, exhibir o usar las armas sin necesidad o de modo negligente o temerario. En el citado Reglamento también se reseña que las armas sólo pueden ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza.

La infracción de estos preceptos puede acarrear sanciones con multas que van desde 301€ a 30.000€, así como la retirada de las armas y las licencias o permisos correspondientes.

Las diligencias instruidas, junto con el arma intervenida fueron puestas a disposición del Juzgado de Instrucción de Guardia de Zamora.


Fuente: http://zamoranews.com/

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